Un comunicado de prensa que anuncia un veredicto de la Corte Superior de Los Ángeles de $3.6 millones de dólares a favor de un demandante que contrajo una infección rara y potencialmente mortal debido a las condiciones de negligencia en una operación de cannabis industrial.
Fecha:

COMUNICADO DE PRENSA
LOS ÁNGELES, 12 DE ENERO DE 2024 –
El Tribunal Superior de Los Ángeles otorgó el 12 de enero de 2024 un fallo de 3.6 millones de dólares al demandante Víctor I. López, quien contrajo una bacteria carnívora extremadamente rara, conocida como gangrena de Fournier, mientras se encontraba en una operación de cannabis a escala industrial ubicada justo a las afueras del centro de Los Ángeles.
Una fascitis necrotizante con una tasa histórica de mortalidad del 90%, la agresiva bacteria comenzó a consumir su cuerpo en poco tiempo, empezando por la ingle del Sr. López y canibalizando más del 17% de su epidermis antes de que los médicos pudieran actuar para salvar su vida. Los abogados de López demostraron en el juicio que López entró en contacto con la enfermedad mortal debido a la conducta negligente de los tres demandados corporativos, 1000 Palms & Associates, Inc., Equimax y 59th Equity Investors, LLC, quienes fueron declarados responsables solidarios.
El juicio presentó una serie de cuestiones novedosas, pero los abogados de López tenían respuestas. El Dr. Jefferey Galpin, experto en enfermedades infecciosas del demandante y exjefe y codirector del Centro para el Control de Enfermedades (C.D.C.) junto al Dr. Anthony Fauci, testificó con un alto grado de certeza médica que López contrajo la bacteria mortal en el sitio de cultivo. En particular, el Dr. Galpin determinó que lo más probable es que fuera en el mismo "pozo de sumidero" donde los demandados le habían ordenado a López desatascar una bomba de aguas residuales, donde López entró en contacto con el organismo.
Sin el conocimiento de López, los demandados habían reacondicionado toda la operación de cultivo y el sistema de plomería del almacén para canalizar y recircular aguas residuales, escorrentías, productos químicos, nutrientes y todo tipo de agentes biológicos hacia ese mismo pozo de sumidero. El Tribunal determinó que los demandados lo hicieron para ahorrar en su factura de agua; para aumentar sus propios beneficios económicos, a expensas de personas como López. Finalmente, el experto regulador y de instalaciones del demandante, el Sr. Jefferey Hughes, testificó que un plomero razonable no habría tenido motivos para creer que el pozo de sumidero era peligroso, y que los demandados tenían el deber de advertirle sobre la situación potencialmente peligrosa que habían creado, así como (en particular para el propietario y el administrador de la propiedad) el deber de inspeccionar la propiedad en plazos regulares, y que al hacerlo debería haber quedado claro cuáles eran las violaciones que presentaba el cultivo, así como los peligros que representaba para el público. Los demandados no lo hicieron y, por lo tanto, el veredicto del tribunal de primera instancia otorgó al demandante López $3.6 millones en daños por el perjuicio sufrido y el que aún está por venir.
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